Cada día un paso más. raquel-rodriguez.weebly.com leidy-suan.weebly.com
https://www.youtube.com/watch?v=AT_dDXdK4S4
SERVICIOS SUJETOS A IVA:
1- Gestión de cobro de créditos, letras de cambio, recibos y otros documentos. Las operaciones de abono en cuenta de cheques o talones, no se considerarán de gestión de cobro 2-Servicios prestados al cedente en el marco de los contratos de factoring, con excepción de los de anticipo de fondos que, en su caso, se puedan prestar en estos contratos. 3-Operaciones de compra venta de monedas de oro que tengan la consideración de oro de inversión 4-Operaciones de contratos de arrendamiento financiero. Me ha parecido un tema interesante. Con alguna dificultad en el deterioro de valores.. Espero poder superarme.
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